Opinión

Activismo Judicial

Los jueces deben respetar la ley en su letra y en su espíritu. El mero anuncio de que pretenden hacerlo, mientras sus fallos hacen lo contrario, no los salva del adjetivo de activistas

Señor Director

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca ordenando a una AFP la entrega anticipada a un afiliado de sus fondos previsionales, fundada en el derecho de propiedad sobre los mismos, es inconstitucional, ilegal e hipócrita.

Es inconstitucional, porque la Constitución establece que la ley puede fijarle limitaciones al derecho de propiedad y, más aún, faculta al legislador para establecer cotizaciones previsionales obligatorias.

Es ilegal, porque ordena a la AFP a incumplir el mandato del DL 3500.

Pero sobre todo es hipócrita. Parte indicando “no estar en presencia de un problema de constitucionalidad” y señala que el recurso “no dice relación con el cambio de legislación”. A renglón seguido, realiza un nuevo balance de “dos derechos que parecen contradecirse — seguridad social y propiedad—” y sustituye las conclusiones del legislador por las propias.

Los jueces deben respetar la ley en su letra y en su espíritu. El mero anuncio de que pretenden hacerlo, mientras sus fallos hacen lo contrario, no los salva del adjetivo de activistas

José Miguel Aldunate

El Mercurio