Opinión

Acusación anacrónica

"De aprobarse la acusación constitucional, el Congreso Nacional no solo habrá invadido el ámbito de atribuciones del Poder Judicial; además, habrá infringido la lógica del tiempo"

Señor Director:

Según el filósofo del Derecho John Finnis, es tarea de los jueces resolver las disputas conforme a las leyes que regían al tiempo de los hechos, es decir, el pasado. El Poder Legislativo, en cambio, debe dictar leyes nuevas y modificar las viejas con miras al futuro. Y del presente se ocupa el Poder
Ejecutivo.

Compárese lo anterior con la acusación constitucional contra la ministra Silvana Donoso, a quien los legisladores responsabilizan por una decisión adoptada en 2016, pero siguiendo las reglas de 2020. En efecto, todos los
aspectos de la decisión cuestionados por los acusadores encontraban
asidero en el DL 321 vigente en 2016. Y algunos, como el carácter no vinculante del informe de Gendarmería, ni siquiera fueron modificados
posteriormente.

De aprobarse la acusación constitucional, el Congreso Nacional no solo habrá invadido el ámbito de atribuciones del Poder Judicial; además, habrá infringido la lógica del tiempo —juzgando al pasado conforme a las reglas del futuro— que da sustento al principio de separación de poderes.

José Miguel Aldunate

Director Ejecutivo Observatorio Judicial