Opinión

Condenas en delitos económicos

Intercambio de Cartas al Director entre el Fiscal Nacional Jorge Abbott y Juan Francisco Cruz, investigador de Observatorio Judicial

Domingo 17 de mayo de 2020

Señor Director:

Es errada la comparación hecha por el Observatorio Judicial entre el producto de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y el Ministerio Público (MP), publicada el pasado 3 de mayo, en el cuerpo B de “El Mercurio”. El Observatorio refiere que los resultados de la FNE en 16 años se reflejan en 61 sentencias en el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), siendo 43 de ellas condenatorias, esto es, el 70%. El análisis anterior solo supone casos con imputaciones a personas conocidas en sede jurisdiccional. El Observatorio luego se refiere al MP, pero respecto de todos los casos del período 2016-2019, es decir, con imputados conocidos y desconocidos, que hayan terminado en sede judicial o no.

En cambio, si medimos los resultados de ambas instituciones en sentencias, el MP registra por delitos económicos y tributarios 17.120 condenas y 1.458 absoluciones, es decir, condenas en el 92% de los casos, esto es, 22 puntos porcentuales por sobre la FNE, en el período 2016-2019. Asimismo, respecto del número de sentencias, mientras la FNE llevó a juicio 61, en 16 años; el MP, en solo en cuatro años, lo hizo en 18.578 oportunidades ante tribunales.

La persecución de los delitos de la ley de mercado de valores, tan complejos como los de colusión, comparten con estos la existencia de una investigación administrativa, pero se diferencian en su acción penal pública, pues los primeros permiten al MP iniciar oportunamente y en forma colaborativa con la CMF la investigación criminal. La fiscalía ha demostrado resultados concretos, con condenas firmes en casos como Schwager, Corredoras Serrano, FIT, Marín, Molina y Swett y Aurus, entre otras.

Cabe señalar que los requerimientos por colusión de la FNE ante el TDLC en 2016 fueron dos; el año siguiente, uno; y en 2018, no hubo requerimiento alguno.

Jorge Abbott Charme
Fiscal nacional

Lunes 18 de mayo de 2020

Señor Director:


Agradecemos la carta de ayer del fiscal nacional. Ahora bien, cuando un organismo solicita más atribuciones es lógico preguntar por su desempeño,
es aquí donde apuntaba la investigación del Observatorio Judicial.

En ese sentido, durante el período 2016-2019, el Ministerio Público en homicidios logra una tasa de condena del 44%; en drogas, del 37%, y en robos, de un 10% —en volumen es similar a los delitos económicos. Ahora bien, respecto del 92% de condenas que señala el fiscal
nacional, este considera solo el universo de causas en que efectivamente hubo sentencia, sin embargo, deja de lado 533.870 juicios.

A la luz de tales antecedentes surgen las siguientes preguntas: ¿Por qué el Ministerio Público requiere más atribuciones en un área donde su diseño
institucional parece no rendir los mejores resultados? ¿Cuáles son las razones de que en los delitos económicos solo un 3% del total termine en sentencia condenatoria? ¿Qué ocurre en las otras 533.870 causas?
Por otra parte, si ya contamos con una institución diseñada exclusivamente
para la investigación de ilícitos de colusión, ¿acaso no entorpecerá una eficaz persecución la superposición de dos organismos investigando los mismos hechos? El planteamiento de estas interrogantes no es un ataque, sino preguntas para debatir sobre un diseño institucional eficaz en la investigación y sanción de los ilícitos de colusión.

Juan Francisco Cruz
Observatorio Judicial