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Observatorio Judicial: destitución de supremos “sería un pésimo precedente”

Entrevista a presidente del Consejo de Observatorio Judicial, Roberto Guerrero, sobre la acusación constitucional a tres jueces de la Corte Suprema

Publicación: Radio Pauta

El presidente del consejo directivo del Observatorio Judicial, Roberto Guerrero,señaló que “sería un pésimo precedente” que prosperara la acusación constitucional contra los tres ministros de la Corte Suprema que dieron el beneficio de la libertad condicional a siete reos condenados por crímenes de lesa humanidad. Esto, pues no hay ni un abandono notable de deberes ni un fallo deliberado contra la ley.

“Los diputados tienen todo el derecho a plantear acusaciones constitucionales en los casos que estimen conveniente. El tema es […] si cumple con los requisitos, con el estándar, como lo que la Constitución señala y con lo que se persigue que es algo tan extremo como acusar a ministros de la Corte Suprema para sacarlos de su cargo”, dijo en Primera Pauta.

El Observatorio Judicial es un centro de estudios independiente que tiene poco más de un año de existencia y lo que busca, asegura Guerrero, es estudiar todo el Poder Judicial y su actuación en la sociedad.

“El abandono de deberes, para poder prosperar, tiene que ser notable.Nosotros no veíamos una argumentación fuerte y sólida […] Esto quiere significar que los jueces no lleguen a trabajar o fallando en contra de la ley,siguiendo sus propias convicciones, saltándose un montón de reglas. Y el otro sentido es que yo no puedo aspirar a la real separación de poderes si el Poder Judicial tiene que estar mirando lo que piensa la mayoría parlamentaria para fallar”, añadió el abogado y académico de la Universidad Católica.

El abogado también explicó el problema que surge con el Estatuto de Roma y la aplicación de los reglamentos de la Corte Penal Internacional en casos de beneficios para violadores de derechos humanos. “Lo que señala es que si la CPI impone una pena X, en el país los tribunales no pueden rebajarla. Lo que señalan es que cuando se revisa un tema de penas de esta naturaleza, la corte tiene que ver si se está aplicando el tratado y de qué manera. Por lo tanto si se está reduciendo la pena no se podría hacer. Si el beneficio es parte de reducir la prueba es otra discusión. Pero son condiciones que establece esta doctrina, que es sumamente discutida y en Chile no sido incorporada. Los tribunales no están obligados a seguir doctrinas, están obligados a seguir leyes”,agregó.

De hecho Guerrero sostuvo que el fallo si se pronuncia sobre las leyes del Estatuto de Roma y dicen que no se aplica en este caso. “Se pueden haber equivocado, no haber hecho una correcta interpretación. Pero de ahí a un abandono notable de deberes o que se falló abiertamente contra la ley, hay un universo de distancia”, cerró.