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Cortes han ratificado atribuciones de las policías en la medida en que se ajusten a las normas y los protocolos

Esto, dice el documento, no significa que “los tribunales avalaron los excesos policiales, ni delitos contra los derechos humanos”, solo que estos abusos se debían perseguir vía penal

Publicación: El Mercurio

El Observatorio Judicial elaboró un informe acerca de los resultados judiciales de los recursos interpuestos por la crisis social y la jurisprudencia que han generado esos fallos. La discusión posterior al 18 de octubre giró en torno a la legitimidad de la violencia, ya fuera que la ejercieran particulares o las fuerzas policiales.

El documento cuestiona que en un primer momento se informó públicamente que las cortes de Apelaciones del país habían restringido el uso de balines de goma y de gases lacrimógenos, lo que generó reacciones disímiles: algunos confirmaron sus críticas contra las policías, otros cuestionaron a los tribunales por “desdentar a las fuerzas de orden frente a los violentistas”.

No se han dejado sin efecto facultades de la policía

Según los antecedentes del Observatorio Judicial, esas primeras observaciones fueron todo lo contrario al analizar las sentencias. Su conclusión es que “las cortes de Apelaciones del país han ratificado atribuciones de las policías en la medida en que se ajusten a las normas y los protocolos”, y que se han negado a acceder a la pretensión de dejar sin efecto las facultades de los agentes del Estado por la vía judicial.

La sensación inicial se produjo, afirma el informe, porque se interpretaron órdenes de no innovar que requerían a Carabineros que se atuvieran a lo dispuesto en sus normas y protocolos, como si fueran sentencias definitivas que acogían los recursos de amparo y protección.

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