Opinión

El traje del emperador: judicialización de las alzas del plan de Isapre

"...¿Cómo pueden los tribunales afirmar que determinada alza no está justificada si, atendida la ingente cantidad de causas, resulta absolutamente imposible revisar el detalle de cada una de ellas?..."

Publicación: El Mercurio Legal

A nadie escapa que un altísimo porcentaje de las causas que ingresan a la Corte Suprema y las cortes de apelaciones son recursos de protección presentados contra alzas del plan de Isapre. Tampoco, que existe una industria de abogados dedicados exclusivamente a tramitar este tipo de causas, ni que las cortes los resuelven dictando sentencias que se redactan como pan caliente. Vistos y teniendo presente, dice la Corte, que la parte recurrente, prosigue, se acoge con costas la acción constitucional deducida y se deja sin efecto la adecuación efectuada por la Isapre al plan de salud de la parte recurrente, concluye. Las mismas palabras, en el mismo orden, resuelven en el mismo sentido. 

¿Cuánto tiempo le toma a esta máquina contestadora redactar sus fallos? Hagamos un simple ejercicio matemático. Durante el año 2018, la Corte de Apelaciones de Santiago tramitó 85.270 recursos de protección contra Isapres, por concepto de alza de planes. Si dividimos ese número por las 12 salas que componen el tribunal de alzada santiaguino, obtenemos 7.105 protecciones tramitadas por cada una. Asumamos que cada sala dedica cinco minutos por recurso. Cinco minutos, que es el minimum minimorum que le tomaría a un relator dar cuenta de las circunstancias del caso y los argumentos de las partes, e incluyendo también el tiempo dedicado a la deliberación de los ministros. Porque ello es lo que significa resolver “en cuenta”, ¿no? Pues bien, si tal fuera el caso, la Corte de Apelaciones de Santiago tendría que invertir siete meses del año exclusivamente a resolver este tipo de causas. 

¿Y qué hay de la Corte Suprema? Durante 2018 tramitó 18.461 causas en la materia, todos los cuales fueron a la tercera sala constitucional. Como la Corte Suprema resuelve asuntos muy importantes, digamos que le dedicaron no cinco, sino tres minutos a cada causa. En tal caso, los ministros de la tercera sala tendrían que dedicar ocho meses al año exclusivamente a revisar alzas de planes de Isapre. En ambos casos, el cálculo está realizado sobre meses de 21 días hábiles, de cinco horas diarias. Non stop, sin cafés, sin cómo estuvo tu fin de semana. 

En consecuencia, lo que voy a decir ahora no debiera sorprender a nadie, porque es de público conocimiento: el emperador va desnudo. Ni la Corte Suprema ni las cortes de apelaciones resuelven —lo que se dice propiamente resolver, es decir, ejercer la función jurisdiccional— recursos de protección por alzas del plan de Isapre. ¿Cómo pueden los tribunales afirmar que determinada alza no está justificada si, atendida la ingente cantidad de causas, resulta absolutamente imposible revisar el detalle de cada una de ellas? ¿No querrán decirnos que, en realidad, ningún alza está justificada? Pero entonces, ¿por qué necesitamos un trámite judicial para declararlo?

Por supuesto, hay quien dice que los tribunales no resuelven, sino que legislan; pero tampoco. Porque legislar es sinónimo de deliberar razonadamente y, luego, zanjar el problema de una sola vez, con efectos generales y abstractos. La decisión legal es racional y eficiente. En cambio, aquello que hacen nuestras cortes —como quiera que llamemos a este mecanismo sui generis— es omitir toda deliberación y luego aplicar la misma decisión una y otra vez, y otra vez, y otra vez. En concreto, 85.270 veces la Corte de Apelaciones de Santiago y 18.461 veces la Corte Suprema. 

El objetivo de esta columna no es diagnosticar las causas del problema de las modificaciones a los planes de Isapre, ni mucho menos ofrecer una solución. Quizás las Isapres tienen razón. O quizás los afiliados. El problema es que, para decidirlo, estamos utilizando el mecanismo más irracional, caro y engorroso que se nos pudo haber ocurrido. 

Este es precisamente el problema que genera la judicialización: desnaturaliza la función jurisdiccional, a un tiempo que usurpa la función legislativa. El mismo fantasma se cierne sobre otros ámbitos del derecho, aunque en ninguno de ellos tan grotescamente como en materia de alza de planes de Isapre. Y lo peor es que nadie parece dispuesto a hacerse cargo de las complejidades técnicas, jurídicas y políticas indispensables para salir de este entuerto. Sigamos, pues, creyendo que los tribunales pueden resolverlo todo y exclamemos al unísono: ¡qué bello traje lleva el emperador!

José Miguel Aldunate, Director de Estudios del Observatorio Judicial