Opinión

El Tribunal y el eterno candidato, una comedia de equivocaciones

Si con sus decisiones (los ministros del TC) debilitan la legitimidad del TC, acabarán colaborando con la eliminación de un órgano fundamental para el Estado de derecho.

Publicación: El Líbero

La comedia parece escrita por Molière. Acto primero: el Servel suspende el derecho a voto de Marco Enríquez-Ominami (ME-O) por su carácter de imputado en los juicios por el caso SQM y el caso Odebrecht, así como su derecho a inscribir su candidatura presidencial. Pero ME-O no puede sufrir una elección presidencial sin participar. ¡Algo debe hacerse! El candidato hace llamar a sus abogados y urde su maléfico plan. 

En el segundo acto, vemos a ME-O interponiendo un recurso de protección contra el Servel ante la Corte de Apelaciones de Santiago y, luego, presentando una acción de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC) (Aquí es importante recordar que la inaplicabilidad sólo tiene efectos en el juicio seguido ante la Corte de Apelaciones). Además, sólo para aumentar el efecto cómico de la obra, el eterno candidato pide arrestar al director del Servel. El TC no accede a esta solicitud extravagante, pero ¡oh sorpresa!, ordena al Servel levantar la prohibición de votar que pesaba sobre ME-O e inscribir su candidatura presidencial. 

Acto final: a pesar de que el TC no cuenta con facultades para dar órdenes al Servel, sino sólo declarar la inaplicabilidad de las normas en el juicio de fondo, el servicio dice que acatará la decisión. Los ministros del TC saben que se han extralimitado, pero también saben que los jueces ordinarios tienen por costumbre no respetar sus sentencias de inaplicabilidad, así que mejor saltarse el orden natural de las cosas y dar órdenes directas al Servel. 

Simultáneamente, la Corte de Apelaciones rechaza el recurso de protección, pero ya es demasiado tarde: el Servel recibe con los brazos abiertos a un orgulloso ME-O y el Tribunal Constitucional ha conseguido burlar a la justicia ordinaria. Cae el telón.

El público aturdido no sabe si aplaudir o si abuchear. Las artimañas del candidato resultaron tan enrevesadas y rocambolescas, que nos cuesta entender quién ha ganado y quién ha perdido. Pero aquí no debe caber ninguna duda: ha perdido la institucionalidad y con ella hemos perdido todos. 

Por lo pronto, la derrota del Servel es bastante obvia. ME-O consiguió torcer su decisión de impedir la participación de un candidato formalizado por delitos de corrupción, a pesar de que la Corte de Apelaciones acabó dando la razón al servicio. Más grave aún, la Corte de Apelaciones de Santiago salió totalmente derrotada, porque el Servicio se desentendió completamente de su fallo y prefirió acatar la decisión del TC, que no contaba con atribuciones para ello. 

Pero, contra lo que podría parecer, también perdió el propio Tribunal Constitucional. Es cierto que su criterio se impuso por sobre el de la Corte de Apelaciones, pero el precio pagado por esta pequeña victoria es alto. 

Primero, porque lejos de convencer con sus razonamientos a la Corte de Apelaciones, el TC profundizó la desconfianza con el Poder Judicial. No es la primera vez que la justicia constitucional y la ordinaria se ven enfrentadas, pero hasta ahora habían sido los jueces del fondo quienes desconocían las decisiones del TC. Nunca, hasta este punto, el TC había pasado tan manifiestamente por sobre las atribuciones de los tribunales de justicia, lo cual configura un escenario que debilita aún más su mutuo entendimiento. 

Pero, además, los ministros del Tribunal Constitucional no deben olvidar que toda su legitimidad depende del celo con que cumplan su rol de garantes de las reglas. Si contamos con una justicia constitucional separada del Poder Judicial, es precisamente porque suponemos que ella está en mejor posición de hacer frente a presiones de la política. Por lo tanto, en nada ayuda que el TC resuelva en favor de un candidato presidencial desoyendo las normas procesales más básicas.

Adicionalmente, como argumentamos en el informe “Por qué debe haber un Tribunal Constitucional”, la separación de la jurisdicción constitucional ordinaria y la constitucional “permite mantener separada la lógica jurídica bajo la que opera el juez ordinario y el juez constitucional. Mientras que el primer juez aplica normas a hechos, el segundo contrasta las normas con la Constitución, en abstracto”. Entonces, ¿cómo defender argumentalmente a un Tribunal Constitucional que decide el caso concreto y da órdenes directas al Servel?

Los ministros del TC deben estar conscientes de que el país enfrenta un debate constitucional histórico, en el cual se definirá la supervivencia del Tribunal Constitucional. Si con sus decisiones debilitan la legitimidad del TC, acabarán colaborando con la eliminación de un órgano fundamental para el Estado de derecho. Sin duda, un final más propio de un drama shakesperiano que de una comedia dieciochesca.

José Miguel Aldunate, Director de Estudios de Observatorio Judicial.