Opinión

La candidatura del ministro Cisternas

"La iniciativa del ministro Cisternas de competir por la presidencia en base a un programa, instaura una lógica de competencia por el poder que puede fracturar políticamente al Poder Judicial".

Publicación: El Mercurio

Señor director:

El Código Orgánico de Tribunales encomienda al presidente de la Corte Suprema (CS) funciones de índole administrativa, además de representar al Máximo Tribunal ante la opinión pública y poderes del Estado. En ningún caso el presidente representa un “programa”, es decir, una visión de lo que debe ser la CS. Más bien, es el Pleno quien tiene la dirección administrativa, económica y disciplinar de los tribunales de justicia (Art. 96 nº4 del COT).

Así, detrás de las atribuciones legales del presidente de la CS subyace el fin institucional de propender a la unidad del Pleno mediante el diálogo y el acuerdo. En cambio, la iniciativa del ministro Cisternas de competir por la presidencia en base a un programa, instaura una lógica de competencia por el poder que puede fracturar políticamente al Poder Judicial. Lo anterior se aleja del espíritu de la ley, que encomienda al Pleno, y no a una facción de éste, la conducción del Poder Judicial.

Juan Francisco Cruz, investigador del Observatorio Judicial