Opinión

Transparencia

En materia de salud pública, cuando los jueces dan, a la vez quitan; y pregunto ¿son ellos la última palabra para decidir a quién quitar? Medio: La Tercera

SEÑOR DIRECTOR


La pretendida aura de bien con que se revisten los fallos de la Corte Suprema, que obligan al Estado a financiar tratamientos de alto costo -cuestión destacada en una entrevista en un medio por el ministro Muñoz y en una carta del profesor Soto Kloss- debe ser cuestionada desde una perspectiva ética.


En primer lugar, la decisión de los jueces de no respetar un acuerdo democrático y razonable, plasmado en la Ley Ricarte Soto, atenta contra la ética republicana, la cual exige ceñirse a las soluciones adoptadas en el Congreso y la obligación del juez de fallar conforme a la ley.


En segundo lugar, el argumento de que la protección al derecho a la vida habilita a disponer sin más de los recursos públicos, también es dudoso desde una perspectiva de justicia. Durante los años 2005 y 2016, 11.507 personas fallecieron a la espera de recibir atención médica bajo el sistema GES, según información del Minsal. Me pregunto ¿en cuánto aumentará dicho número, toda vez que la Corte decide redestinar los escasos recursos de salud pública? ¿Pueden los jueces de la tercera sala determinar los impactos que sus decisiones en materia de salud pública tienen en la vida de otros? Difícilmente.


Precisamente por lo anterior es que los jueces deben respetar los acuerdos del Congreso, porque en ellos están representadas y ponderadas las distintas realidades y los legítimos intereses de una sociedad, en pos de alcanzar la solución más justa.


En materia de salud pública, cuando los jueces dan, a la vez quitan; y pregunto ¿son ellos la última palabra para decidir a quién quitar? En una sociedad democrática es inadmisible, más aún cuando acordamos una solución: la Ley Ricarte Soto.

Juan Francisco Cruz

Observatorio Judicial