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Usurpaciones: Al juez lo que es del juez

Parece una ironía, pero quienes acudieron a los tribunales de justicia buscando hacer respetar su derecho, deberán ahora concertar una solución para resguardar el derecho de vivienda de los propios ocupantes.

Publicación: El Mercurio

Hace algunos días la Tercera Sala de la Corte Suprema, contando con los votos a favor de la ministra Vivanco y de los ministros Muñoz, Carroza y Matus, y el voto en contra del ministro Mera, revocó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso en el caso de una familia que recurrió de protección ante la ocupación ilegal de un terreno de su propiedad. En su lugar, el máximo tribunal ordenó, tanto a los propietarios afectados como a las autoridades nacional y locales, coordinar una “solución global y efectiva” para quienes usurparon dichos terrenos, de manera que “sus derechos sean igualmente resguardados”.

Parece una ironía, pero quienes acudieron a los tribunales de justicia buscando hacer respetar su derecho, deberán ahora concertar una solución para resguardar el derecho de vivienda de los propios ocupantes.

Este fallo abre un debate no solo respecto al derecho de propiedad y la situación de las ocupaciones ilegales en Chile, sino que también sobre las políticas públicas en materia de acceso a la vivienda (según estimaciones del Ministerio de Vivienda y Urbanismo existe un déficit habitacional de 512 mil viviendas en el país) y el rol que corresponde a las autoridades en ello.

Se atribuye a Pitágoras una frase muy atingente: «el legislador debe ser el eco de la razón, y el magistrado, el eco de la ley». En otras palabras, al juez lo que es del juez: fallar con apego a la ley. De lo contrario, se corre el riesgo de que, persiguiendo soluciones en apariencia justas, se desconozca el derecho de la parte afectada y se le cargue con deberes que corresponden al Estado, vulnerando la igualdad ante la ley y la separación de poderes.

Andrea Martínez, Directora del Observatorio Judicial