Descargar Minuta: Secreto Bancario en los Tribunales Tributarios y Aduaneros
Desde 1986 en Chile rige el secreto bancario, es decir, por regla general los depósitos y captaciones que recibe un banco en las cuentas de sus clientes son privadas. Así lo dispone el artículo 154 de la Ley General de Bancos:
Las operaciones de depósitos y captaciones de cualquier naturaleza que reciban los bancos en virtud de la presente ley estarán sujetas a secreto bancario y no podrán proporcionarse antecedentes relativos a dichas operaciones sino a su titular o a quien haya sido expresamente autorizado por él o a la persona que lo represente legalmente. El que infringiere la norma anterior será sancionado con la pena de reclusión menor en sus grados mínimo a medio.
Ahora bien, el secreto bancario no es un derecho absoluto, ya que existen excepciones: cuando una ley expresamente autorice el levantamiento[1], o bien, la justicia ordinaria o militar ordene alzar el secreto para examinar operaciones bancarias de personas que sean parte o imputadas en un juicio. Entre las excepciones legales, está el artículo 62 del Código Tributario. Esta norma faculta al Servicio de Impuestos Internos (“SII”) a solicitar a un banco alzar el secreto bancario de un contribuyente para analizar la veracidad de sus declaraciones tributarias.
En caso que el contribuyente se niegue a la fiscalización de sus cuentas bancarias, el SII puede recurrir a los recurrir a los Tribunales Tributarios y Aduaneros (“TTA”) para que estos ordenen el alza del secreto. El actual artículo 62 bis del Código Tributario que regula dicho procedimiento exige al SII que presente todos los antecedentes “que sustenten el requerimiento y que justifiquen que es indispensable contar con dicha información para determinar las obligaciones tributarias del contribuyente”. En ese sentido, bajo la actual norma es el SII quien debe demostrar ante el juez que se justifica el alza del secreto bancario para determinar la veracidad de las declaraciones del contribuyente.
La última reforma tributaria ingresada por el Ejecutivo hace unos meses, en actual discusión en el Senado, proponía modificar el procedimiento antes descrito. En concreto, la propuesta original pretendía invertir la carga de la prueba, es decir, que fuera el contribuyente quien debía probar que la solicitud del SII era injustificada. Esta modificación era sustantiva, porque invertía todo el peso de la prueba, dejándolo en el contribuyente y le establecía una pesada carga: probar hechos negativos. Esta modificación fue aprobada en la comisión de hacienda de la Cámara, pero finalmente fue rechazada en la votación en Sala de la Corporación.
A pesar que la norma fue rechazada y dado que restan trámites en la discusión legislativa, resulta útil analizar desde los datos. ¿Cuántas veces ha requerido el SII el levantamiento del secreto bancario para sus labores de fiscalización? ¿Qué tan frecuente es la oposición de los contribuyentes a esta solicitud?
En ese sentido un dato relevante es precisamente la cantidad de veces que el SII ha recurrido a los TTA. En efecto, si para el SII el alza del secreto bancario es una medida fundamental para su labor, y los contribuyentes siempre se oponen, entonces cabría esperar una gran cantidad de requerimientos del SII ante los TTA. Desde esta perspectiva los datos que los propios TTA informan en su cuenta pública del año 2022 son decidores: desde su creación a la fecha el SII ha solicitado en cuatro oportunidades el alza del secreto bancario (ver tabla)[2].
Como punto de referencia, el año 2023 el SII realizó 106.466 fiscalizaciones, mientras que en actividad judicial presentó 123 querellas criminales y seis requerimientos a los TTA[3]. Eso en solo un año, mientras que en contraste en trece años el SII presentó solo cuatro requerimientos para forzar judicialmente el alza del secreto bancario, y según los registros de los TTA, en las cuatro ocasiones el SII logró una sentencia favorable[4]. A la luz de esa cifra es posible concluir, o bien, que el SII no utiliza como medio el alza de secreto bancario, o bien, cuando el SII solicita al banco fiscalizar las cuentas los contribuyentes acceden voluntariamente.
Lo anterior lleva a cuestionar cuál era la razón de modificar el procedimiento de alza del secreto bancario por el SII y cuál era su fundamento empírico. El tema es importante, porque la modificación alteraba el normal régimen de cargas procesales, poniendo al contribuyente en una situación procesal desmejorada y afectando así su derecho fundamental a un debido proceso. Es importante que toda restricción a garantías fundamentales tenga sustento potente y no meramente en prejuicios respecto a los contribuyentes.
| TTA | P. General de reclamación | P. de reclamo de los avalúos de BBRR | P. Especial de aplicación de ciertas multas | P. General para la aplicación de sanciones | P. de reclamación por vulneración de derechos | P. Especial secreto bancario | P. Declaración de elusión por abuso o simulación | Total |
| Arica y Parinacota | 116 | 23 | 13 | 11 | 18 | 0 | 0 | 181 |
| Tarapacá | 175 | 111 | 22 | 22 | 11 | 0 | 0 | 341 |
| Antofagasta | 203 | 30 | 17 | 39 | 9 | 0 | 0 | 298 |
| Atacama | 95 | 10 | 10 | 2 | 6 | 0 | 0 | 123 |
| Coquimbo | 285 | 103 | 67 | 44 | 28 | 0 | 0 | 527 |
| Valparaíso | 558 | 197 | 38 | 38 | 23 | 0 | 0 | 854 |
| Libertador G. Bernardo O’Higgins | 216 | 38 | 61 | 51 | 26 | 0 | 2 | 394 |
| Maule | 316 | 32 | 55 | 73 | 13 | 0 | 0 | 489 |
| Ñuble y Biobío | 857 | 199 | 102 | 68 | 106 | 0 | 1 | 1,333 |
| La Araucanía | 592 | 58 | 203 | 80 | 37 | 0 | 0 | 970 |
| Los Ríos | 179 | 42 | 22 | 54 | 5 | 0 | 0 | 302 |
| Los Lagos | 268 | 92 | 27 | 20 | 14 | 0 | 0 | 421 |
| Aysén | 49 | 5 | 4 | 12 | 2 | 0 | 0 | 72 |
| Magallanes y la Antártica Chilena | 163 | 19 | 18 | 26 | 6 | 0 | 0 | 232 |
| 1° Tribunal R. Metropolitana | 1,171 | 367 | 58 | 110 | 40 | 4 | 0 | 1,750 |
| 2° Tribunal R. Metropolitana | 1,222 | 171 | 40 | 121 | 68 | 0 | 1 | 1,623 |
| 3° Tribunal R. Metropolitana | 1,249 | 71 | 97 | 104 | 38 | 0 | 0 | 1,559 |
| 4° Tribunal R. Metropolitana | 1,604 | 233 | 110 | 64 | 51 | 0 | 1 | 2,063 |
| Totales | 9,318 | 1,801 | 964 | 939 | 501 | 4 | 5 | 13,532 |
[1] Las excepciones legales dicen relación a organismo de control de la administración que tiene la facultad de solicitar el alza del secreto bancario, a saber, la Comisión Mercado Financiero, el SII y la Unidad de Análisis Financiero.
[2] Cuenta Pública año 2022 Tribunales Tributarios y Aduaneros, pág. 28. Reproducimos la tabla N°11, la cual señala: “Distribución de causas aduaneras presentadas por TTA, según tipo de procedimiento, respecto el estado de SACTA, al 31 de diciembre de 2022”.
[3] Cuenta Pública Servicios Impuestos Internos año 2023.
[4] Ver sentencias roles: SB-15-00033-2020; SB-15-00101-2014; SB-15-00032-2020; SB-15-00054-2018.