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Sanción disciplinaria contra los ministros del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia

Es imperioso que una futura reforma limite el excesivo poder de la Corte Suprema en este punto y fortalezca la independencia interna de los jueces.

Una sentencia reciente de la Tercera Sala de la Corte Suprema, sobre un recurso de reclamación interpuesto por Correos de Chile en contra de la sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, que acogió la demanda interpuesta por la empresa Envía, sanciona disciplinariamente a los ministros del TDLC por la demora y la falta de pulcritud en la redacción de la referida sentencia. La sanción está contenida en la misma sentencia de la Corte Suprema que resuelve el fondo del asunto.

Esto es criticable desde múltiples perspectivas. En primer lugar, la sentencia incumple el autoacordado N°160 de 2020 de la Corte Suprema, que regula el procedimiento disciplinario de los funcionarios judiciales, y que establece que antes de aplicar una anotación de demérito o una observación en la hoja de vida, se debe escuchar previamente a la persona afectada, quien además tiene derecho a apelar. En este caso, los ministros del TDLC no tuvieron la oportunidad de ejercer su derecho a la defensa ni de impugnar la sanción, lo que vulnera el debido proceso.

En segundo lugar, la Tercera Sala de la Corte Suprema ha utilizado una sentencia que resuelve un asunto de fondo, como es el recurso de reclamación en materia de libre competencia, para imponer una medida disciplinaria, lo que implica mezclar dos funciones distintas y excederse en sus atribuciones. La función disciplinaria de la Corte Suprema está regulada por la ley orgánica constitucional del Poder Judicial y por el autoacordado mencionado, y no puede ser ejercida de manera arbitraria o discrecional, sino siguiendo el procedimiento establecido y respetando las garantías de los sancionados.

En tercer lugar, la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema puede tener un efecto intimidatorio o inhibitorio sobre los jueces del TDLC, que son los encargados de resolver los casos más complejos y relevantes en materia de libre competencia, y que requieren de un alto grado de independencia y especialización.

Por todo lo anterior, la sentencia de la Tercera Sala de la Corte Suprema no solo es cuestionable desde el punto de vista jurídico, sino que también revela la necesidad de reformar el sistema disciplinario del Poder Judicial, para que no esté en manos de los mismos jueces que revisan las decisiones jurisdiccionales. 

Los dos procesos constitucionales pasados (2022 y 2023) buscaban solucionar este problema de distinta manera, pero compartían un diagnóstico común, la necesidad de separar las funciones jurisdiccionales y no jurisdiccionales de los tribunales de justicia, a fin de evitar situaciones como ésta. Es imperioso que una futura reforma limite el excesivo poder de la Corte Suprema en este punto y fortalezca la independencia interna de los jueces.