Publicación: Diario Financiero
Una abrupta caída en los ingresos de acciones de inaplicabilidad -que permiten cuestionar la validez de una norma en una caso particular- presentadas ante el Tribunal Constitucional (TC) en los años 2022 y 2023 detectó el Observatorio Judicial, que plasmó sus hallazgos en un detallado informe.
Si en 2021 el organismo tramitó 2.606 causas por este concepto, en 2023 este número se había reducido a 1.103, es decir, menos de la mitad, reveló el reporte.
Al desagregar los datos se ve que la principal caída en el número de ingresos por acciones de inaplicabilidad está entre los requirentes que son personas naturales, que pasaron de presentar 2.170 acciones en 2021 a sólo 717 en 2023.
También se observó un notorio descenso en el porcentaje de causas declaradas admisibles en los años 2022 y 2023. Si entre 2018 y 2021 dicho porcentaje rondaba entre 84% y 82$, en 2023 alcanzó un 65%.
El director de Estudios del Observatorio Judicial, José Miguel Aldunate, explicó que “parte importante del descenso del número de acciones de inaplicabilidad presentadas se debe a modificaciones legales de la Ley N°18.216, en materia de control de armas, que generaban un enorme volumen de causas, pero una parte, también (se explica) por la baja expectativa de las partes de obtener una sentencia favorable”.
El problema, aseveró, es que “esto se traduce en un tribunal que desconfía de sus propias atribuciones y de justiciables que pierden un mecanismo de cuestionar la constitucionalidad de las leyes cuando estiman que hay una afectación de sus derechos fundamentales”.
Las sentencias de inaplicabilidad revelaron otras tendencias. En los años 2022 y 2023, el reporte detectó un fuerte cambio jurisprudencial que se tradujo, por primera vez, en que el TC rechaza más de la mitad de las solicitudes de inaplicabilidad que conoce. Así, si entre 2018 y 2021 el porcentaje de causas aceptadas oscilaba entre 76% y 86%, en 2022 se redujo a 48%. En el año 2023, el TC rechazó prácticamente dos de cada tres solicitudes de inaplicabilidad.