El exministro de la Corte Suprema, Sergio Muñoz, presentó un recurso de protección contra la Corte Suprema, con el fin de garantizar la conservación del informe elaborado por la Comisión de Ética del máximo tribunal, relacionado con la denuncia en su contra. Además, solicita que se prohíba la destrucción de dicho informe y exige acceso a él, dado que contiene detalles relevantes de la investigación en curso.
Este recurso se suma a otros dos interpuestos por terceros en favor del exministro. Ambos cuestionan la actuación de los diputados y diputadas que habrían incurrido en irregularidades, al rechazar la cuestión previa presentada por la defensa de Muñoz en la acusación constitucional que resultó en su destitución, y luego admitir a trámite una acusación constitucional conjunta en su contra y de la exministra Ángela Vivanco.
Cabe destacar que se trata de dos acciones distintas: por un lado, el recurso de protección presentado contra la Corte Suprema, que, aunque poco común, no impugna una decisión tomada por el tribunal ni por el Congreso. Su propósito es asegurar la preservación de un documento relevante para una investigación en curso, porque se estaría afectando su derecho al debido proceso, así como al principio de publicidad de los actos públicos. Por otro lado, se encuentra la acción que cuestiona un acto del Congreso, un recurso que tiene implicancias diferentes, ya que revisa la legalidad de una decisión legislativa en el marco de la acusación constitucional que concluyó en la destitución del exministro Muñoz.
Existe un antecedente relevante de 1993, cuando la Corte de Apelaciones de Valparaíso admitió a trámite un recurso de protección interpuesto contra el Senado tras la aprobación de una acusación constitucional contra el ministro Hernán Cereceda. Si bien el tribunal decidió procesar el recurso, finalmente lo rechazó en su fallo definitivo (sentencias de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, roles 45-93 y 48-96). Este precedente resulta similar al ocurrido hoy, cuando la misma Corte admitió a trámite un recurso de protección, aunque aún está pendiente la decisión final.
En esa ocasión, la Corte de Apelaciones de Valparaíso sostuvo la «amplitud ilimitada del recurso de protección respecto del agente causante de un acto u omisión arbitrario o ilegal, así como la facultad de las Cortes de Apelaciones para proteger a quienes sufran privación, perturbación o amenaza de sus derechos esenciales» (considerando 8), sin excluir los actos del Senado. Sin embargo, también señaló que el juicio sobre los hechos que fundamentan una acusación constitucional «pertenece exclusivamente a las facultades del Honorable Senado de la República, sin que autoridad alguna pueda, bajo ningún pretexto, invadir las atribuciones de un órgano del Estado independiente en sus funciones» (considerando 27).
Es de esperar que la Corte de Apelaciones de Valparaíso mantenga el criterio establecido en 1993, cuando admitió a trámite un recurso de protección contra el Senado tras la acusación constitucional contra el ministro Hernán Cereceda, pero lo rechazó en su fallo definitivo. En esa oportunidad, la Corte defendió la amplitud del recurso de protección, pero también dejó claro que el juzgamiento de los hechos en una acusación constitucional corresponde exclusivamente al Senado, sin que ninguna autoridad pueda invadir sus atribuciones.
Si la Corte no replicara este criterio, se abriría la puerta a una invasión de facultades entre los poderes del Estado, lo que podría generar una crisis política que no sería solo coyuntural, sino el efecto inevitable de cualquier situación en la que un poder del Estado intervenga en las competencias exclusivas de otro, debilitando así el equilibrio institucional.
En conclusión, aunque es incierto qué ocurrirá con el recurso de protección presentado por el propio ministro Muñoz contra la Corte Suprema, lo más probable es que los recursos presentados por terceros contra la Cámara de Diputados sean finalmente rechazados, dado que la jurisprudencia histórica tiende a limitar las intervenciones judiciales en decisiones del Congreso. No obstante, esta acción podría sentar las bases para una futura demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, lo cual sería lamentable, ya que prolongaría indefinidamente el conflicto, afectando la estabilidad institucional y generando una controversia de largo alcance sobre las competencias entre los poderes del Estado.