Como era previsible, el esfuerzo legislativo que dio vida a la Ley N° 21.674, destinada a implementar los fallo de la Corte Suprema sobre adecuación de planes privados de salud, ha enfrentado nuevos intentos de judicialización. Esta normativa, que introdujo cambios significativos al sistema de Isapres, busca garantizar la equidad en los costos de los planes de salud y adaptarlos a la cotización legal obligatoria. Sin embargo, algunos afiliados han recurrido al Tribunal Constitucional (TC) para cuestionar su aplicación.
El primer intento, identificado bajo el Rol 15.855, fue declarado inadmisible por el TC, que consideró que no cumplía con la exigencia constitucional de fundamentar razonablemente un requerimiento de inaplicabilidad. Según la resolución, esta acción requiere demostrar una contradicción concreta, directa y precisa entre la norma impugnada y la Constitución. En este caso, el Tribunal concluyó que el requerimiento carecía de dicha relación específica, ya que se limitaba a cuestionar la normativa en términos generales y a señalar posibles afectaciones económicas sin establecer un vínculo claro con derechos fundamentales protegidos por la Constitución.
Con todo, podría argumentarse que un pronunciamiento de fondo, probablemente en el mismo sentido, habría sido preferible a una declaración de inadmisibilidad. De este modo, el TC habría tenido la oportunidad de sentar una jurisprudencia más clara y profunda, estableciendo criterios sólidos sobre el alcance y los límites de la acción de inaplicabilidad en casos similares.
No obstante, la controversia no se detiene aquí. Permanecen pendientes de admisibilidad otros intentos de inaplicabilidad (Roles 15.972, 16.023 y 16.026, entre otros). Asimismo, queda por verse lo que resuelvan las Cortes de Apelaciones y, eventualmente, la Corte Suprema respecto del fondo de los recursos de protección presentados.
Por ahora, el fallo del TC en la causa Rol 15.855 va en la dirección correcta, reforzando la necesidad de encauzar estas controversias por vías legales y jurisdiccionales adecuadas, y evitando el uso estratégico de mecanismos constitucionales como herramientas para introducir más incertidumbre a un sistema de salud en crisis.