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Un 17,8% de los beneficiados con libertad condicional ha cometido delitos violentos y homicidios

Observatorio Judicial analizó los recursos de amparo vistos en los últimos cinco años, entre 2016 y 2020, periodo en que se ha acogido casi un 70% por esta vía judicial.

Observatorio Judicial analizó los recursos de amparo vistos en los últimos cinco años, entre 2016 y 2020, periodo en que se ha acogido casi un 70% por esta vía judicial.

El asesinato de Ámbar Cornejo puso nuevamente en el debate los requisitos que se deben considerar a la hora de obtener la libertad condicional. Se cuestionó cómo Hugo Bustamante, formalizado por el crimen y violación de Ámbar, había obtenido el beneficio tras ser condenado en 2005 a 27 años de prisión, por el homicidio de su esposa y el hijo de esta.

El Observatorio Judicial realizó un estudio en el cual analizó los recursos de
amparo interpuestos por los condenados en contra de las resoluciones de las comisiones de libertad condicional, cuando estas deniegan el beneficio.

Los reclusos que recurren a las cortes y alegan que la denegación sería un acto ilegal que vulnera la libertad y seguridad individual. Así, en los últimos cinco años (2016-2020) se han otorgado 1.087 libertades condicionales por vía judicial, cifra que ha ido en aumento.

Falta información en informes psicosociales
Juan Francisco Cruz, quien realizó el estudio, concluyó que cuantificando las concedidas en el período 2016-2020, “el 17,8% de los beneficiados están condenados por delitos violentos y homicidio. Lo mismo que ocurrió con el caso Ámbar”.

“Si bien a priori no se puede negar la posibilidad de reinserción en tales ilícitos, sí preocupa que en tales casos el informe psicosocial no entregue información suficiente para ponderar los riesgos de reinserción, dice el estudio”, reflexionó Cruz acerca de este fenómeno.

Según explicó, “los tribunales han concedido el 70% de las solicitudes, es decir, por vía judicial un total de 1.087 reclusos han accedido a cumplir su condena en el medio libre”.
En las cifras, se puede apreciar una diferencia entre las cortes de apelaciones y la Corte Suprema, las primeras —con el paso de los años— han tendido a rechazar cada vez más los recursos de amparo. “La Segunda Sala de la Corte Suprema ha sido más propensa a acoger los recursos de amparo», sostiene.

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