Publicación: El Mercurio
La Corte Suprema nos dice que no tanto. En una causa sobre acceso a la información (Rol N°80:739-2022), la Tercera Sala de la Corte Suprema decidió no implementar una sentencia del Tribunal Constitucional que declaraba la inaplicabilidad sobre determinados preceptos de la ley de transparencia y de la ley de la protección de la vida privada.
En opinión de la Corte Suprema, la sentencia del TC desconoce la jurisprudencia de la Corte Suprema que ya había establecido que la información disputada era pública, en virtud de la aplicación directa de la Constitución. En otras palabras, si el Tribunal Constitucional coincide con la Corte Suprema, entonces sus sentencias son obligatorias. De lo contrario, no.
Que el máximo tribunal del Poder Judicial sostenga que las sentencias de inaplicabilidad pronunciadas por el Tribunal Constitucional en ejercicio de su competencia no le obligan ni le empecen, no es solo una anomalía o un giro jurisprudencial excéntrico, sino, sobre todo, un desafío a la distribución de poderes consagrado en la Constitución
José Miguel Aldunate, Director de Estudios del Observatorio Judicial.